sábado, 9 de febrero de 2013

Los movimientos de autodefensa en Guerrero son una respuesta a la ineficiente justicia gubernamental: Vidulfo Rosales

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El 5 de enero de 2013 Eusebio Alvarado García, comisario de Rancho Nuevo en Tecoanapa, Guerrero, fue desalojado a la fuerza de su domicilio por grupos de la delincuencia organizada que desde 2009 operan en la región de la Costa Chica. Ante el hecho, autoridades de El Potrero, Cuautepec, San Marcos, Cruz Grande y Ayutla se organizaron para formar una estructura que hiciera frente a la delincuencia. De la reunión se generó la idea de crear el movimiento de autodefensa que desde el 6 de enero ha extendido su operación en las comunidades de Cruz Grandes, San Marcos, Tecoanapa, Tixtla y Chiepetepec. 

Vidulfo Rosales Sierra, abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, nos explica cuál es el contexto y cómo se justifican estos movimientos cuyo origen no es coyuntural sino que responden a una situación de ineficiencia de los órganos de justicia gubernamentales que han permitido que desde 2009 la delincuencia organizada opere libremente en la zona. 


Los delitos de secuestro, extorsión, homicidio, son comunes en la Costa Chica de Guerrero, Vidulfo Rosales menciona el ejemplo de los pequeños comerciantes y ganaderos que constantemente son extorsionados por grupos de delincuentes que operan con la complacencia de la autoridad policiaca del estado. 

Los grupos de autodefensa son impulsados por la UPOEG (Unión de Pueblos Organizados del estado de Guerrero) encabezada por Bruno Plácido Valerio, quien también fue fundador de la policía comunitaria, la CRAC (Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias). El abogado del Tlachinollan aclara que este movimiento constituye una experiencia diferente a la de la Policía Comunitaria. 


Uno de los principales argumentos en contra de esta experiencia de autodefensa es que es violatoria del artículo 17 de la Constitución federal, el cual prohíbe el ejercicio de la justicia por propia mano. Ante el cuestionamiento, Vidulfo Rosales menciona que el derecho de los pueblos indígenas a ejercer sus propios sistemas de justicia está expresado en el artículo 4º, fracción VIII de la Constitución mexicana y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); estos ordenamientos establecen el respeto a la libre determinación de los pueblos y en consecuencia, el ejercicio de sus sistemas normativos. El abogado añade la Ley de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero, otorga facultades para que dichos pueblos desarrollen sus propios sistemas de justicia. 

Las experiencias de impartición de justicia en los pueblos indígenas no constituyen mecanismos improvisados, en la Costa Chica de Guerrero la Policía Comunitaria lleva 17 años desarrollando un sistema que contempla tres aspectos principales: el preventivo, el de impartición de justica propiamente y el de reeducación. 

Los movimientos de autodefensa son un ejercicio relativamente nuevo para los pueblos me’phaa y na savi de Guerrero, Vidulfo Rosales menciona que son más de 90 comunidades las que participan en el proceso de que esta experiencia tenga una estructura a largo plazo, que dé respuesta al clima de injusticia que se vive en la región. 

El abogado refiere, finalmente, que la sociedad debe dar el voto de confianza a los pueblos indígenas ante la ineficiente impartición de justicia gubernamental, la cual se ha caracterizado por su colusión con el crimen organizado. Añade que el Estado en lugar de perseguir a las autoridades comunitarias debe voltear hacia atrás, hacia la depuración de sus propias instituciones de impartición de justicia.

Adriana Aguilar

Foto: José Luis Santillán_Contralínea

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